Documentos y legalización

Matrimonio en España para extranjeros: expediente matrimonial y ceremonia ante notario

Casarse en España es posible incluso si los dos futuros cónyuges son extranjeros. Pero entre la decisión y los anillos hay una etapa burocrática que pocos conocen de antemano: el expediente matrimonial, la comprobación del derecho a contraer matrimonio. Le explicamos dónde abrirlo (y por qué el notario suele ser más rápido que el Registro Civil), qué documentos preparar en su país y cómo transcurre la ceremonia.

Equipo KrepkoActualizado: 2026-08-048 min
Lo esencial en breve
  • El matrimonio civil en España está abierto a los extranjeros; la situación migratoria no impide el derecho a casarse.
  • El proceso tiene dos etapas: primero el expediente matrimonial (comprobación del derecho a contraer matrimonio) y después la ceremonia.
  • Desde 2015 (Ley 15/2015) la ceremonia la puede celebrar un notario y, desde el 30 de abril de 2021, los notarios tramitan también el propio expediente: suele ser más rápido que el Registro Civil.
  • Los documentos extranjeros se presentan con apostilla y traducción jurada; los certificados tienen una validez corta.
  • El matrimonio con un ciudadano español o de la UE abre la vía a la tarjeta de familiar (RD 240/2007), pero el estatus no se concede de forma automática.

¿Pueden casarse los extranjeros en España?

Sí. El derecho a contraer matrimonio en España no depende de la nacionalidad ni de tener residencia: pueden casarse las parejas en las que uno de los miembros es español y también aquellas en las que ambos son extranjeros, incluidas las personas que están en el país como turistas o en situación irregular. Los organismos comprueban el derecho a casarse (edad, ausencia de matrimonio vigente, libre consentimiento), no el historial migratorio.

Aun así, hay condiciones prácticas:

  • por regla general se exige el empadronamiento, la inscripción en el municipio donde se presenta la solicitud (habitualmente se acredita con el padrón de los dos últimos años de al menos uno de los dos);
  • hará falta el paquete completo de documentos del país de origen, con apostilla y traducción jurada;
  • si alguno de los dos no habla español, en las firmas participa un intérprete.

En España también se celebran matrimonios entre personas del mismo sexo: son legales desde 2005 y se tramitan por el mismo procedimiento.

Dos etapas: expediente matrimonial y ceremonia

El matrimonio español no consiste en «venir y firmar». El proceso se compone de dos etapas:

  1. Expediente matrimonial: el procedimiento administrativo en el que se comprueba el derecho de la pareja a casarse, es decir, documentos, estado civil y ausencia de impedimentos. Incluye la presentación del paquete, su revisión y las entrevistas por separado (audiencia reservada), en las que se verifica que la relación es real.
  2. Ceremonia (celebración): la celebración del matrimonio una vez aprobado el expediente, con la firma del acta ante la autoridad competente y los testigos.

Es la primera etapa la que se lleva la mayor parte del tiempo y la que más dudas genera entre los extranjeros, por los documentos y las colas. Por eso la decisión clave de la pareja es dónde abrir el expediente.

Dónde abrir el expediente: Registro Civil o notario

Hasta hace poco solo había una opción: el Registro Civil del lugar de residencia. Es gratuito, pero en las grandes ciudades la espera se alarga muchos meses.

La reforma cambió el panorama. Ya la Ley 15/2015 de la Jurisdicción Voluntaria permitió a los notarios celebrar matrimonios y, desde el 30 de abril de 2021 (con la plena entrada en vigor de la nueva ley del Registro Civil y la instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 3 de junio de 2021), los notarios pueden tramitar también el propio expediente matrimonial. Ahora todo el recorrido se puede hacer en una notaría:

CriterioRegistro CivilNotario
CosteGratuitoSegún el arancel notarial
Plazos del expedienteCon frecuencia, muchos mesesNormalmente bastante más rápido, referencia de semanas
CeremoniaJuez encargado, alcalde o concejalNotario (o remisión al ayuntamiento)
Flexibilidad de fechasLimitadaMayor, según acuerdo con la notaría

La pareja puede elegir cualquiera de las dos vías; también cabe abrir el expediente ante notario y celebrar la ceremonia en el ayuntamiento, o al revés. Para las parejas mixtas y extranjeras, la vía notarial suele ser la más previsible en cuanto a plazos.

Documentos para extranjeros

La lista exacta depende de la nacionalidad y del lugar de presentación, pero el conjunto básico para un extranjero es este:

  • pasaporte (y NIE/TIE, si se tiene);
  • certificado de nacimiento, con apostilla y traducción jurada;
  • documento de estado civil (certificado de estado civil o fe de soltería), con apostilla y traducción;
  • si hubo un matrimonio anterior, certificado de divorcio o de defunción del cónyuge;
  • padrón, como prueba de residencia en el municipio;
  • la solicitud y los datos de los dos testigos para la ceremonia.

Tres reglas prácticas: la apostilla solo se pone en el país que emitió el documento; la traducción la hace un traductor jurado ya después de la apostilla; y los certificados de estado civil tienen una validez corta (referencia de 3 a 6 meses, distinta según el organismo). Si los documentos se quedaron en Ucrania, se pueden solicitar a distancia: tenemos un artículo aparte sobre ese trámite.

La ceremonia y qué viene después

Una vez aprobado el expediente se fija la ceremonia: ante notario, ante el juez encargado o ante el alcalde o un concejal delegado en el ayuntamiento. Asisten ambos cónyuges y los testigos y, si hace falta, un intérprete. Se firma el acta de matrimonio (escritura o acta) y el matrimonio se inscribe en el Registro Civil.

Qué es importante después de la boda:

  • la certificación literal de matrimonio es el documento principal para todos los trámites posteriores; para usarla en el extranjero se apostilla y se traduce;
  • los apellidos no cambian de forma automática: en España cada cónyuge conserva los suyos; el cambio es un trámite aparte y se rige por la ley de su país;
  • pasos migratorios: el cónyuge de un ciudadano español o de la UE puede solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión (RD 240/2007); el cónyuge de un residente puede plantearse la reagrupación familiar;
  • régimen económico: por defecto depende de la comunidad autónoma; si se desea, se firman capitulaciones matrimoniales ante notario.

Cómo lo hace Krepko por usted

La boda es la parte agradable; nosotros nos quedamos con el resto. Krepko prepara todo el paquete: la obtención de documentos en el país de origen, apostillas, traducciones juradas, padrón, cita en el Registro Civil o selección de notaría, intérprete en las firmas y la organización de los siguientes pasos, desde la certificación literal hasta la tarjeta de familiar. Las actuaciones con efectos jurídicos las realizan profesionales habilitados: abogados, gestores y traductores jurados.

El área notarial está en la página de servicio Notaría. O bien déjenos su solicitud: estudiaremos su situación y prepararemos un plan con fechas.

Preguntas frecuentes

El derecho a casarse no depende de la situación migratoria: pueden hacerlo tanto los turistas como las personas en situación irregular. En la práctica sí hará falta el empadronamiento en el municipio donde se presenta la solicitud (normalmente de al menos uno de los dos durante los dos últimos años) y el paquete completo de documentos. Consulte con antelación los requisitos del Registro Civil concreto.

En el Registro Civil de las grandes ciudades la espera se alarga con frecuencia muchos meses. Ante notario el trámite suele ser bastante más rápido, con una referencia de varias semanas, según la carga de la notaría y lo completo de la documentación. En ninguna de las dos vías hay plazos garantizados.

Sí. La ceremonia ante notario la permitió la Ley 15/2015 ya en 2015 y, desde el 30 de abril de 2021, los notarios tramitan también el expediente matrimonial previo. Es decir, todo el recorrido, desde la revisión de los documentos hasta la firma del acta de matrimonio, se puede hacer en una notaría.

Habitualmente el certificado de nacimiento, el documento de estado civil (certificado de fe de soltería) y, si hubo un matrimonio anterior, el certificado de divorcio o de defunción del cónyuge. Todos se presentan con la apostilla puesta en Ucrania y con traducción jurada. Los certificados tienen una validez corta: planifique la cadena por fechas.

Sí. Tras la inscripción usted obtiene la certificación literal de matrimonio del Registro Civil; para usarla en Ucrania o en otro país del convenio se apostilla y se traduce. Después el matrimonio se inscribe según las normas del país correspondiente.

No, no se concede nada de forma automática. El matrimonio abre la vía a solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión conforme al RD 240/2007, con derecho a vivir y trabajar. La resolución la dicta Extranjería tras comprobar la documentación; los matrimonios de conveniencia se investigan y se persiguen.

Fuentes

¿Está planeando su boda en España?

Déjenos su solicitud: la estudiamos gratis. Reunimos los documentos con apostillas y traducciones, abrimos el expediente por la vía más conveniente y le acompañamos hasta la ceremonia. Lo hacemos por usted.

Consultar su caso

Este material tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. La práctica del Registro Civil y de las notarías varía según la ciudad. Krepko organiza el proceso y asume la rutina, mientras que las actuaciones con efectos jurídicos las realizan profesionales habilitados: abogados, gestores y traductores jurados.

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