Documentos y legalización

Pareja de hecho en 2026: registro de la unión de hecho por comunidades

Convive con su pareja desde hace tiempo y de momento no piensan casarse, pero sí quieren asegurar sus derechos: desde la residencia de la pareja hasta las visitas en el hospital o la herencia. En España existe para eso la pareja de hecho. El problema es uno solo: no hay una ley estatal única y cada comunidad autónoma tiene sus propias normas. Le explicamos cómo funciona la unión, en qué se diferencian Madrid, Valencia y Cataluña y qué deben preparar los extranjeros.

Equipo KrepkoActualizado: 2026-08-048 min
Lo esencial en breve
  • La pareja de hecho es una unión inscrita oficialmente; las normas las fija cada comunidad autónoma y no existe una ley estatal única.
  • Madrid exige 12 meses de convivencia, la Comunitat Valenciana inscribe sin plazo mínimo y Cataluña reconoce la unión mediante escritura notarial o 2 años de convivencia.
  • Los extranjeros necesitan documentos de estado civil con apostilla y traducción jurada; en muchas comunidades basta el empadronamiento y no se exige una situación regular.
  • La inscripción con una pareja ciudadana de la UE abre la vía a la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión (RD 240/2007).
  • La pareja de hecho no equivale al matrimonio: la declaración conjunta de la renta y parte de los derechos sucesorios siguen siendo solo para los cónyuges.

Qué es la pareja de hecho y qué aporta

La pareja de hecho (unión de hecho) es la unión inscrita oficialmente de dos personas que conviven como pareja sin haber contraído matrimonio. Una vez anotada en el registro de la comunidad autónoma, la unión produce efectos jurídicos. Qué aporta en la práctica:

  • fundamento migratorio: la pareja de un ciudadano español o de otro país de la UE puede solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión;
  • derechos sociales: si se cumplen las condiciones, pensión de viudedad, condición de allegado en los hospitales y permisos por motivos familiares;
  • cuestiones cotidianas: alquiler conjunto, seguros y acreditación del vínculo familiar ante los organismos;
  • acuerdos patrimoniales: la pareja puede regular su régimen de bienes mediante un pacto.

También conviene conocer los límites: la declaración conjunta de la renta (tributación conjunta) solo la presentan los cónyuges, y los derechos sucesorios de las parejas dependen mucho de la comunidad. Para una igualdad plena de derechos está el matrimonio, del que tenemos un artículo aparte.

Por qué todo depende de la comunidad autónoma

En España no existe una ley estatal única sobre las parejas de hecho. Cada comunidad autónoma ha aprobado su propia normativa y lleva su propio registro de uniones de hecho. De ahí se derivan tres consecuencias prácticas:

  1. Los requisitos son distintos: en unas comunidades hace falta un año de convivencia y en otras la inscripción es posible de inmediato.
  2. La solicitud va ligada al domicilio: se inscribe en el registro de la comunidad (y a veces del municipio) donde la pareja está empadronada.
  3. Los derechos son distintos: el alcance de los derechos sucesorios y sociales depende de la ley autonómica.

Por eso el primer paso es identificar su comunidad y consultar los requisitos de su portal oficial. A continuación, los tres ejemplos más frecuentes.

Requisitos con ejemplos: Madrid, Valencia y Cataluña

ComunidadCondición claveDónde se inscribe
Comunidad de MadridConvivencia ininterrumpida de al menos 12 meses, acreditada con el padrón; testigos en la presentaciónRegistro de Uniones de Hecho (cita a través de sede.comunidad.madrid)
Comunitat ValencianaNo hay plazo mínimo de convivencia: la propia inscripción en el registro formaliza la unión; hace falta padrón en la comunidadRegistro de Uniones de Hecho Formalizadas (trámite en gva.es)
CataluñaLa unión nace tras 2 años de convivencia, con un hijo en común o de inmediato mediante escritura notarialNotario y registro autonómico de parejas estables

Condiciones comunes a la mayoría de comunidades: mayoría de edad, que ninguno de los dos esté casado ni tenga otra unión inscrita, ausencia de parentesco cercano y voluntariedad de la unión. Las citas en los registros más solicitados se agotan rápido, así que conviene planificar con antelación.

Si su comunidad no aparece en la tabla, la lógica es la misma: busque el registro oficial de su autonomía y su lista de documentos. Los requisitos se actualizan con regularidad, guíese solo por los portales oficiales.

Documentos para extranjeros

La base es parecida en todas partes y lo que cambia son los detalles. Lista orientativa para una pareja en la que uno de los miembros, o los dos, son extranjeros:

  • pasaportes (y NIE/TIE, si se tienen);
  • certificados de estado civil que acrediten que no está casado (para Ucrania, el certificado de estado civil y, si hubo un matrimonio anterior, el certificado de divorcio);
  • certificados de nacimiento;
  • padrón, como prueba del empadronamiento conjunto (en Madrid, de 12 meses);
  • la solicitud en el modelo oficial y, en algunas comunidades, testigos.

Todos los documentos extranjeros se presentan con la apostilla del país que los emite y con traducción jurada al español. Los certificados de estado civil tienen una validez corta, normalmente de 3 a 6 meses, así que la cadena «certificado, apostilla, traducción» se pone en marcha cerca de la fecha de presentación. Cómo obtener los documentos de Ucrania a distancia lo explicamos en un artículo aparte.

Pareja de hecho y residencia

El principal efecto migratorio de la unión es este: si su pareja es ciudadana de España o de otro país de la UE, la pareja de hecho inscrita permite solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión conforme al régimen del Real Decreto 240/2007. Esa tarjeta da derecho a vivir y trabajar en España, habitualmente por 5 años.

Qué conviene saber:

  • la resolución la dicta Extranjería: se comprueban la autenticidad de la relación, la convivencia y la parte económica;
  • la inscripción oficial es obligatoria: la simple convivencia sin registro no sirve como fundamento;
  • si los dos miembros son nacionales de terceros países, la unión por sí sola no da la residencia, pero se tiene en cuenta en otros procedimientos (por ejemplo, en la reagrupación y en la valoración de los vínculos para el arraigo).

Los plazos y la práctica varían según la provincia, así que la estrategia, es decir, qué inscribir, dónde y en qué orden, conviene definirla antes de presentar la solicitud y no después de la primera denegación.

Cómo lo hace Krepko por usted

Asumimos el proceso: comprobamos los requisitos de su comunidad, preparamos los documentos del país de origen con apostilla y traducción jurada, pedimos la cita en el registro o con el notario y cerramos también los pasos asociados, como el padrón, el NIE o el intérprete en la firma. Las actuaciones con efectos jurídicos las realizan profesionales habilitados: abogados, gestores y traductores jurados.

La parte notarial la encontrará en la página de servicio Notaría. Si quiere empezar, déjenos su solicitud y le diremos qué condiciones rigen exactamente en su comunidad autónoma.

Preguntas frecuentes

La pareja de hecho se rige por las leyes autonómicas y el matrimonio, por el derecho estatal. Diferencias clave: la declaración conjunta de la renta solo está disponible para los cónyuges, los derechos sucesorios de las parejas dependen de la comunidad y la disolución de la unión es más sencilla. A efectos migratorios, la unión inscrita se equipara en gran medida al matrimonio.

En muchas comunidades sí: los registros suelen exigir el empadronamiento y no una situación migratoria regular. Pero las normas cambian de una comunidad a otra, así que los requisitos del registro concreto hay que comprobarlos antes de presentar la solicitud. El pasaporte y los documentos de estado civil harán falta en cualquier caso.

Depende de la comunidad. En Madrid se exige una convivencia ininterrumpida de al menos 12 meses acreditada con el padrón. En la Comunitat Valenciana no hay plazo de 12 meses: la propia inscripción en el registro crea la unión. En Cataluña la unión nace tras 2 años de convivencia, con un hijo en común o mediante escritura notarial.

No. La inscripción por sí sola no concede ningún estatus, pero crea el fundamento: si su pareja es ciudadana de España o de otro país de la UE, usted puede solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. La resolución la dicta Extranjería tras comprobar los documentos y la autenticidad de la relación.

Los registros son autonómicos y, al cambiar de comunidad, a veces hay que volver a inscribirse en el nuevo domicilio. Para los trámites migratorios suele importar el hecho mismo de la inscripción oficial de la unión, pero conviene consultar de antemano las normas del organismo concreto.

Habitualmente el certificado de nacimiento, el documento de estado civil que acredite que no está casado y, si hubo matrimonios anteriores, el certificado de divorcio. Todo con la apostilla puesta en Ucrania y con traducción jurada al español. Algunas comunidades piden documentos con menos de 3 a 6 meses de antigüedad.

Fuentes

¿Está pensando en inscribir su pareja de hecho?

Déjenos su solicitud: la estudiamos gratis. Comprobamos los requisitos de su comunidad, reunimos los documentos con apostilla y traducción y pedimos la cita para presentarlos. Lo hacemos por usted.

Consultar su caso

Este material tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Los requisitos de las comunidades autónomas cambian con regularidad, contrástelos con los portales oficiales. Krepko organiza el proceso y asume la rutina, mientras que las actuaciones con efectos jurídicos las realizan profesionales habilitados: abogados, gestores y traductores jurados.

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