Residencia y permisos

Estancia por estudios en España: estudiar, trabajar hasta 30 horas y pasar al empleo

Estudiar es una de las vías más claras y predecibles para trasladarse legalmente a España: universidad, máster, formación profesional o escuela de idiomas. Además, el estatus de estudiante dejó hace tiempo de ser un «visado sin derecho a vivir»: hoy los estudiantes pueden trabajar hasta 30 horas semanales y, tras graduarse, pasar a una residencia de trabajo. Analizamos las condiciones, las cifras, el proceso y la estrategia después del título.

Equipo KrepkoActualizado: 2026-08-0410 min
Lo esencial en breve
  • El estatus de estudiante (estancia por estudios) se concede para un programa concreto: universidad, máster, FP o cursos de idiomas con carga lectiva suficiente.
  • Referencia económica: el 100% del IPREM al mes para usted (unos 600 € en 2026) más los medios para la familia acompañante.
  • Los estudiantes de enseñanza superior pueden trabajar hasta 30 horas semanales sin permiso adicional: lo consolidó la reforma del reglamento.
  • Tras graduarse es posible pasar a una residencia de trabajo o al estatus de búsqueda de empleo: el antiguo requisito de 3 años de estudios está derogado.
  • Para la larga duración los estudios computan aproximadamente a la mitad; para la nacionalidad no computan en absoluto.

Qué es la estancia por estudios y a quién le conviene

Formalmente, el estatus de estudiante en España no es una residencia, sino una estancia por estudios: una autorización de permanencia para estudiar. Cubre:

  • los programas universitarios: grado, máster, doctorado;
  • la formación profesional;
  • los cursos de idiomas y los programas preparatorios con carga semanal suficiente (referencia: a partir de 20 horas);
  • las prácticas y los programas de voluntariado, con sus propias reglas.

La autorización se concede por la duración del programa. Tras la reforma del reglamento (RD 1155/2024), las reglas se volvieron más amables con los estudiantes: plazos más claros, derechos laborales más amplios y un paso más sencillo a la residencia de trabajo tras la graduación. Este estatus sirve tanto a los jóvenes recién salidos del instituto como a los adultos que usan los estudios como una entrada legal y planificada al país con cambio de carrera.

Condiciones y requisitos económicos

El conjunto básico de requisitos es este (los detalles dependen del tipo de programa y del lugar de presentación):

  • Admisión. Carta de admisión oficial del centro de estudios, a menudo con justificante del pago.
  • Medios. Referencia: el 100% del IPREM al mes para usted, unos 600 € mensuales, es decir, aproximadamente 7200 € por un año de estudios. Más el 75% del IPREM para el primer miembro de la familia y el 50% por cada uno de los siguientes, si la familia viaja con usted, y el dinero para el billete de vuelta. Se acredita con extractos, cartas de patrocinio o una beca.
  • Seguro médico con cobertura completa en España (público o privado sin copagos).
  • Certificado de antecedentes penales con apostilla y traducción jurada, para programas de más de 6 meses.
  • Certificado médico de no padecer enfermedades de la lista de la OMS, para programas largos.

Las cifras vinculadas al IPREM se revisan con los presupuestos del Estado, y los consulados pueden tener precisiones propias: compruebe los requisitos de su consulado antes de presentar la solicitud.

Trabajo de hasta 30 horas semanales

El cambio más importante de los últimos años: los estudiantes de enseñanza superior y de formación profesional pueden trabajar hasta 30 horas semanales sin un permiso de trabajo aparte. Este derecho está recogido en el reglamento vigente y abarca tanto el trabajo por cuenta ajena como la actividad de autónomo.

Los límites prácticos:

  • el trabajo no debe interferir en los estudios: la compatibilidad con el horario y la asistencia es obligatoria;
  • las 30 horas son el techo total, no por cada empleador;
  • el empleador le da de alta en la Seguridad Social como a un trabajador normal: los trabajos «en negro» arruinan el futuro expediente;
  • en las escuelas de idiomas y los cursos cortos los derechos laborales pueden variar: verifique su caso.
Trabajar de forma oficial durante los estudios no es solo un ingreso. Es un historial de cotizaciones a la Seguridad Social que después refuerza la solicitud de la residencia de trabajo.

Cómo solicitarla paso a paso

  1. Elección del programa y admisión. Un centro acreditado y una carga lectiva suficiente son la base de todo el expediente.
  2. Preparación del expediente. Pasaporte, admisión, medios, seguro y certificados con apostilla y traducción jurada.
  3. Presentación. La vía clásica es el visado D en el consulado de España del país de residencia. En algunos casos es posible presentarla desde dentro de España con estancia legal, con limitaciones de plazos; consulte las reglas en el portal de Extranjería.
  4. Resolución. Referencia: de 2-4 semanas en el consulado a 1-3 meses si se presenta desde dentro.
  5. Entrada y TIE. Con programas de más de 6 meses, tras la entrada se tramita la tarjeta de estudiante: padrón, cita para las huellas y recogida de la TIE.

La prórroga se tramita desde dentro de España si continúan los estudios, acreditando el aprovechamiento académico y los medios para el siguiente periodo.

Qué hacer tras los estudios: el paso al empleo

El estatus de estudiante es un trampolín. Unos meses antes de acabar el programa conviene elegir el siguiente paso:

  • Residencia de trabajo por cuenta ajena. Con una oferta de empleo, el estatus se cambia a residencia y trabajo. La antigua regla de «primero 3 años de estudios» quedó derogada por las reformas: el paso es posible nada más graduarse.
  • Residencia de autónomo. Para quienes lanzan su propio proyecto: plan de negocio más acreditación de la viabilidad.
  • Autorización para la búsqueda de empleo. Los titulados pueden acceder al estatus de búsqueda de empleo o de puesta en marcha de un proyecto: referencia de hasta 12 meses tras el título.
  • Otras vías: la reagrupación con una pareja residente o el visado de nómada digital si hay ingresos en remoto.

Lo esencial es solicitar el cambio de estatus antes de que caduque la autorización de estudiante: una ruptura de la legalidad anula muchas posibilidades.

Errores frecuentes

  • Un programa con poca carga lectiva. Los cursos de «un par de tardes por semana» no cumplen los requisitos: compruebe las horas antes de pagar.
  • Medios «dibujados» para un solo día. Los consulados miran el origen del dinero; una transferencia repentina a la cuenta la víspera de la solicitud es una señal de alarma.
  • Certificados caducados. El de antecedentes penales y el médico tienen una validez limitada; la apostilla y la traducción jurada son obligatorias.
  • Trabajar por encima del límite o sin contrato: un riesgo para la prórroga y para el futuro cambio de estatus.
  • Dejar pasar los plazos de prórroga y solicitar el cambio de estatus con la autorización ya caducada.
  • La ilusión de que los estudios computan para la nacionalidad. No computan: planifique el paso a la residencia cuanto antes.

Cómo Krepko lo hace por usted

Llevamos los casos de estudiantes de principio a fin, de la elección del programa a la tarjeta TIE y el posterior cambio de estatus:

  • comprobamos que el programa y la carga lectiva cumplan los requisitos del visado;
  • reunimos el expediente económico y preparamos los certificados: apostillas y traducciones juradas;
  • preparamos la presentación en el consulado o desde dentro de España y hacemos el seguimiento del expediente;
  • tras la entrada gestionamos el padrón, la cita para las huellas y la TIE, y de cara a la graduación, la estrategia de paso a la residencia de trabajo.

Las actuaciones con relevancia jurídica las realizan profesionales habilitados: abogados, gestores y traductores jurados. Más sobre el servicio en la página Residencia en España; lo más cómodo es empezar con una conversación gratuita.

Fuentes

Preguntas frecuentes

Según el reglamento vigente (RD 1155/2024), los estudiantes de enseñanza superior y de formación profesional pueden trabajar hasta 30 horas semanales sin un permiso de trabajo aparte, por cuenta ajena e incluso como autónomos. La única condición: el trabajo debe ser compatible con los estudios y no perjudicar la asistencia.

Como referencia, el 100% del IPREM al mes para usted, es decir, unos 600 € en 2026, más los medios para los miembros de la familia, si viajan con usted, y para el billete de vuelta. Sirven los extractos bancarios, una carta de patrocinio de los padres o la acreditación de una beca. Los requisitos exactos dependen del consulado.

Sí: el cónyuge o la pareja y los hijos menores pueden obtener el estatus de acompañantes durante sus estudios. Tenga en cuenta que su estatus está vinculado al de usted y, con carácter general, no les da derecho a trabajar en España.

Parcialmente. Para la residencia permanente de larga duración, el tiempo de estudios computa aproximadamente a la mitad (50%). Para la nacionalidad, el tiempo de estancia por estudios no cuenta en absoluto: el cómputo empieza solo con una residencia plena. Por eso conviene planificar con antelación el paso a la residencia de trabajo.

Las vías principales: pasar a una residencia de trabajo por cuenta ajena o de autónomo (tras las reformas, el antiguo requisito de 3 años de estudios está derogado) o tramitar la autorización de búsqueda de empleo, con una referencia de hasta 12 meses. La solicitud de cambio de estatus se presenta antes de que caduque la autorización de estudiante.

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Déjenos su solicitud: la estudiamos gratis. Revisaremos el programa, calcularemos los requisitos económicos y reuniremos el expediente por usted, de los certificados a la tarjeta TIE y el plan para después de la graduación.

Consultar su caso

Este material tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Los requisitos y los plazos cambian y dependen del consulado, de la provincia y de su situación. Krepko coordina el proceso y se ocupa de la rutina por usted, y las actuaciones con relevancia jurídica las realizan profesionales habilitados: abogados, gestores y traductores jurados.

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